Duval Messien – Nuestro Conocimiento- Instalación

Instalar las protecciones en el respecto de las normas y de las restricciones de la estructura

El código del medio ambiente define los ICPMA (Instalación clasificada para la Protección del Medio Ambiente) como « las fábricas, talleres, depósitos, obras y, de una manera general, las instalaciones explotadas o detenidas por toda persona física o moral, pública o privada, que pueden presentar peligros o inconvenientes sea para la conveniencia del barrio, sea para la salud, la seguridad, sea para la agricultura, sea para la protección de la naturaleza, del medio ambiente y de los paisajes, sea para la utilización racional de la energía, sea para la conservación de los sitios y de los monumentos así como los elementos del patrimonio arqueológico ».

En el objetivo de minimizar los riesgos relativos a esas instalaciones, la ley define las proceduras relativas a las instalaciones clasificadas para la protección del medio ambiente. Las disposiciones del código del medio ambiente relativas a los ICPMA son también aplicables a las explotaciones de carreras al senso de los artículos L. 100-2 y L. 311-1 del código  minería.

Normas

NF C 17-102, Protección contra el rayo por PDC. Enero 2009
Esta norma describe las reglas de instalación de Pararrayos con Dispositivo de Cebado (PDC), para la protección de las estructuras y de las zonas abiertas contra los golpes de rayo directos. Da las reglas relativas a la  concepción, la realización, la verificación y el mantenimiento de las instalaciones realizadas con Pararrayos con Dispositivo de Cebado. 

DUVAL MESSIEN tiene sus propios equipos de intervención (no outsourcing). Con una experiencia de más de 20 años, nuestros equipos estan capacitados a todos tipos de intervención (Gran Altura, medio ambiente peligroso ( ATEX)…

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Instalar las protecciones en el respecto de las normas y de las restricciones de la estructura

El código del medio ambiente define los ICPMA (Instalación clasificada para la Protección del Medio Ambiente) como « las fábricas, talleres, depósitos, obras y, de una manera general, las instalaciones explotadas o detenidas por toda persona física o moral, pública o privada, que pueden presentar peligros o inconvenientes sea para la conveniencia del barrio, sea para la salud, la seguridad, sea para la agricultura, sea para la protección de la naturaleza, del medio ambiente y de los paisajes, sea para la utilización racional de la energía, sea para la conservación de los sitios y de los monumentos así como los elementos del patrimonio arqueológico ».

En el objetivo de minimizar los riesgos relativos a esas instalaciones, la ley define las proceduras relativas a las instalaciones clasificadas para la protección del medio ambiente. Las disposiciones del código del medio ambiente relativas a los ICPMA son también aplicables a las explotaciones de carreras al senso de los artículos L. 100-2 y L. 311-1 del código  minería.

Normas

NF C 17-102, Protección contra el rayo por PDC. Enero 2009
Esta norma describe las reglas de instalación de Pararrayos con Dispositivo de Cebado (PDC), para la protección de las estructuras y de las zonas abiertas contra los golpes de rayo directos. Da las reglas relativas a la  concepción, la realización, la verificación y el mantenimiento de las instalaciones realizadas con Pararrayos con Dispositivo de Cebado. 

DUVAL MESSIEN tiene sus propios equipos de intervención (no outsourcing). Con una experiencia de más de 20 años, nuestros equipos estan capacitados a todos tipos de intervención (Gran Altura, medio ambiente peligroso ( ATEX)…

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